Artículo elaborado por Pere Vilella, socio de FTI & Partners. Publicado en el periódico El Economista el 27 de febrero de 2023. El artículo analiza las funciones que la nueva Ley Concursal otorga al Experto en reestructuraciones y por qué es una figura clave en los nuevos procesos.
Experto en reestructuraciones: figura clave en los nuevos procesos
La nueva Ley Concursal incorpora en su Libro II, como una de las novedades principales de la norma, los planes de reestructuración y la figura del Experto en reestructuraciones. Dicha novedad cambia el paradigma del derecho de insolvencia de manera importante: la Ley pasa a ser menos encorsetada y más dinámica, ofreciendo a las compañías en situación de pre o insolvencia una herramienta que ayuda a su continuidad, a mejorar el retorno a los acreedores y, en gran medida, como consecuencia de lo anterior, a mantener el tejido empresarial en España.
Las funciones que la Ley Concursal otorga al Experto en reestructuraciones son las de asistir al deudor y a los acreedores en la elaboración del plan de reestructuración; así como una función mediadora para llegar a la homologación del Plan de reestructuración presentado por el deudor o por los acreedores.
El Experto en reestructuraciones se nombra por el Juez a propuesta del deudor o de los acreedores -independientemente de por quien sea propuesto- y debe mantener una posición neutral, ya que la objetividad debe de ser una de sus características principales. Debe velar para que los derechos de los acreedores -y del deudor- se respeten durante todo el proceso. Además, puede ser requerido por el juez para que emita informes durante el proceso. Dichos informes pueden incluir desde la confirmación de clases de acreedores hasta la valoración de la compañía. Es esta última tarea la más importante. Explicaré por qué.
Tal y como el legislador ha dispuesto en los Planes de reestructuración, principalmente se contemplan dos posibilidades: homologar un plan consensual, o bien un plan no consensual (en función de si el plan es votado por todas las clases o sólo por algunas -incluso sólo una-).
Pues bien, debido a las dificultades que entraña nos centraremos en la segunda opción para explicar la importancia que el experto en reestructuraciones tiene durante el proceso y a la hora de valorar la compañía.
Tal valoración debe realizarse bajo el criterio de empresa en funcionamiento, simulando -una vez que se tiene la valoración de la misma- la cascada de pagos concursales posteriores (un conocimiento propio de los Administradores concursales que es por los que el legislador los habilita para actuar como expertos en reestructuración). Pues bien, una vez realizada esta simulación se concluye qué acreedores recibirán algún importe de la liquidación (“In the money”) y cuáles no (“out of the money”).
La importancia de estar en una u otra categoría reside en que los acreedores que están “in the money” pueden arrastrar a clases de acreedores que no están conformes con el Plan propuesto. Y no solo eso, sino que pueden forzar a la conversión de deuda por capital y adquirir las acciones de la compañía pasando de ser acreedores a accionistas. La figura del experto es clave en todo este proceso.
De manera que las tareas que el legislador encomienda al Experto, en cuanto a acompañamiento al deudor, exceden la colaboración propia de un asesor o de un interventor: el Experto en Reestructuraciones tiene la capacidad de validar correctamente el Plan de viabilidad y, por tanto, valorar la compañía (la clave para configurar las clases de acreedores) y disponer de la aprobación del Plan de reestructuración propuesto, condición necesaria para que el proceso llegue a buen puerto.
Pere Vilella, socio de FTI & Partners